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La provincia autorizó la atención al público de entidades financieras en Rosario

La provincia autorizó la atención al público de entidades financieras en Rosario

La provincia autorizó la atención al público de entidades financieras en Rosario

Será a partir del lunes 11 de mayo, en el horario de 8:15 a 13:15 horas. Asimismo, flexibiliza las actividades desarrolladas por inmobiliarias y servicios de mudanza.

El gobernador Omar Perotti estableció, mediante la firma del Decreto provincial Nº 0386 que, desde el lunes 11 de mayo, las entidades financieras en la ciudad de Rosario atiendan al público de lunes a viernes, de 8:15 a 13:15 horas; y que la jornada laboral, en esos establecimientos, se desarrolle los mismos días, de 8 a 15:30 horas, “mientras dure el «aislamiento social, preventivo y obligatorio».

Asimismo, mediante el Decreto provincial Nº 387, ratificó la vigencia de las excepciones del «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y de la prohibición de circular en las localidades comprendidas en los Aglomerados Urbanos Gran Rosario y Gran Santa Fe, para las personas afectadas a actividades del rubro “inmobiliaria” y “servicios de mudanza”.

En ese marco, destaca que las actividades de inmobiliaria deberán realizarse: con turno previamente establecido, cumplimentando las medidas de prevención sanitaria y el distanciamiento personal, con ingreso a los locales comerciales exclusivamente en los casos en que fuere indispensable la concurrencia en virtud de que la operación a realizar. No puede concretarse de manera remota.

A los fines de visitas a inmuebles, los mismos deberán estar desocupados, solo podrá concurrir un representante de la firma y acompañar a una persona por vez, cumplimentando el uso de los elementos de protección de nariz, boca y mentón y guardando el distanciamiento personal, agrega la norma.

En el caso del “servicio de mudanzas”, deberá prestarse a través de empresas o fletes autorizados para la actividad, exclusivamente dentro de la provincia, resguardando el cumplimiento de las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias y el distanciamiento personal.

Estas excepciones están sujetas a la implementación y cumplimiento de los protocolos establecidos, en seguimiento de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria.

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