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Revocaron la condena condicional a un hombre por la portación de un arma de fuego en Josefina y le impusieron una pena de prisión efectiva

Revocaron la condena condicional a un hombre por la portación de un arma de fuego en Josefina y le impusieron una pena de prisión efectiva

La resolución fue tomada por el tribunal de Segunda Instancia integrado por los camaristas Cristian Fiz, Juan Manuel Oliva y Matías Drivet. Los magistrados modificaron la calificación legal atenuada por la que se había condenado en primera instancia y aumentaron la condena de tres años a tres años y medio de prisión de cumplimiento efectivo. El fiscal Carlos Vottero investigó los hechos y representó al MPA en el debate de primera instancia y ante la Cámara. ~

Los camaristas de Segunda Instancia Cristian Fiz, Juan Manuel Oliva y Matías Drivet revocaron por unanimidad la condena impuesta en primera instancia a un hombre como autor del delito de portación indebida de arma de fuego sin fines ilícitos en la localidad de Josefina (departamento Castellanos).

El condenado es Ramiro Andrés Arsayuz Zuleta de 27 años, quien fue juzgado en los tribunales de la ciudad de Rafaela en octubre del año pasado. En aquella oportunidad, el juez Osvaldo Carlos lo condenó a tres años de prisión de cumplimiento condicional.

“Si bien desde la Fiscalía se había solicitado la pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, el juez consideró que el condenado portaba el arma, pero que lo hacía sin fines ilícitos. Por ello resolvió imponer una pena de tres años en suspenso”, sostuvo en aquel momento el fiscal a cargo de la investigación de los hechos, Carlos Vottero.

Acerca de lo resuelto en Segunda Instancia, el funcionario del MPA manifestó que “los magistrados dispusieron modificar el atenuante del delito por el que se había condenado a Arsayuz Zuleta. Por eso es que, siguiendo el planteo formulado por la Fiscalía, dispusieron imponer la pena por el delito de portación ilegítima de arma de fuego de guerra, revocar la condicionalidad de la condena e incrementarla de tres años a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo”.

“Desde la Fiscalía siempre entendimos que, en este caso, la portación de un arma de fuego de guerra en la vía pública debía ser entendida con fines ilícitos”, subrayó el fiscal.

El delito investigado

Votttero recordó que “el delito que investigamos ocurrió el martes 25 de diciembre de 2018 alrededor de las 14:00”.

El fiscal relató que “en circunstancias en que un agente policial –perteneciente al destacamento Sexto del barrio Acapulco de Josefina– fue alertado de que en la vía pública se estaba produciendo una balacera, advirtió la presencia de Arsayuz Zuleta portando en su cintura un arma de fuego calibre 40 sin la debida autorización legal para hacerlo”.

“Esta situación generó que el agente y los uniformados que prestaron colaboración procedieran a la aprehensión del condenado y al secuestro del arma de fuego”, concluyó Vottero.

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