A través de un proyecto de Ordenanza, presentado en la última Sesión del Concejo Municipal de Sunchales, se propuso la suspensión de la Ordenanza Nº 2558/16 y sus modificatorias, relativas al descanso dominical, hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva de manera definitiva sobre la constitucionalidad de la ley N° 13.441.
La iniciativa, girada a Comisión para su análisis, fue presentada por el edil Leandro Lamberti, quien remarcó que esto no significa la derogación de la norma local, “sino que se busca suspenderla hasta que haya una decisión final sobre la ley provincial y su constitucionalidad”.
Agregó además que “hemos incluso dialogado al respecto con representantes del Centro Comercial, quienes advertían esta situación y la inequidad que existe entre los comerciantes. Por supuesto hay que tener en cuenta a los empleados del sector, en esto hay comentarios dispares, algunos manifiestan estar favorecidos por el aumento de sus ingresos y otros no están de acuerdo. El objetivo aquí es resguardar los intereses del Estado municipal ante eventuales reclamos que superen ya el recurso de amparo y tengan que ver con acciones judiciales en cuanto a lo económico, a sabiendas de que ya se sentó jurisprudencia al acompañar la Justicia pedidos de supermercadistas para abrir sus puertas”.
Entre los considerandos del proyecto presentado se manifiesta que en diciembre de 2017 la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe emitió un fallo declarando la inconstitucionalidad de la ley Nº 13.441, ante el planteo de empresas de Rosario, como Carrefour y Coto. Posteriormente, la Provincia presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe con el objeto de elevar la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero hasta la fecha no se tiene noticias de que haya prosperado y son cada vez más los casos de Municipios y/o Comunas que derogan su adhesión a la citada ley.
Se recuerda además que si bien la norma tuvo total acatamiento por parte del empresariado local alcanzado por sus disposiciones, hubo comerciantes que presentaron acciones judiciales de amparo, para poder abrir sus puertas los domingos, peticionando concretamente “dejar sin efecto la Ordenanza N° 2558 en cuanto regula el cierre de los establecimientos comerciales de más de 120 metros cuadrados feriados y domingos, cuando es realizado exclusivamente por el actor sin la presencia de empleados” La justicia resolvió hacer lugar a los amparos, implicando esto la apertura de dichos comercios.
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